Os informamos que desde el 1 de diciembre del 2023 se obligatorio que determinadas entidades tengan implementados un canal de denuncias en cumplimiento del que establece la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

¿Que es un canal de denuncias?

Se una plataforma que permite informar sobre posibles infracciones, irregularidades uno omisiones que se hayan producido dentro del entorno de la entidad. Como ejemplo, se pueden denunciar desde situaciones de acoso laboral a blanqueo de capitales, conductas contra el código ético o contra los procedimientos establecidos de la entidad, etc.

Hace falta que el canal esté alojado en un servidor diferente al de la entidad y habrá que designar dos personas del órgano de gobierno, una como responsable y otra como sustituta, que actuarán con independencia y máxima confidencialidad en el proceso d´análisis e investigación de las comunicaciones recibidas.

Contenido e información que tendrá que tener el Canal de Denuncias

Disponer de una plataforma de gestión que garantice el cumplimiento de la normativa (Software específico).

Asignación por la entidad de una persona responsable de la gestión del Canal de Denuncias.

Establecimiento de un procedimiento interno de gestión de las informaciones.

Registro de denuncias.

Comunicación interna y externa que la entidad dispone del Canal de Denuncias.

Fases de la denuncia

Admisión: la entidad tiene un plazo de 7 días naturales por la aceptación de la denuncia.

Investigación: se abre la fase de la recopilación de información, plazo máximo de 3 meses.

Resolución: el órgano de gobierno de la entidad tiene que tomar una decisión.

Sanciones

El incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información en los términos exigidos a la Ley tendrá la consideración de infracción muy grave, cosa que supondrá para las entidades sanciones de 30.001€ hasta 300.000€, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Estas sanciones van dirigidas a todas las personas jurídicas o físicas que incumplan el principio de confidencialidad, a aquellas que intenten impedir la denuncia o que, posteriormente a la denuncia realizada, adopten represalias contra la persona denunciando. Por otro lado, también se sancionará aquellas personas denunciantes que abren de mala fe, transmitiendo información no verídica. Con esto se intenta reforzar el principio de ética empresarial, basado en la transparencia.

Si todavía no tenéis implementado el Canal de denuncias, os podemos dirigir a alguna de las empresa de las que hemos conseguido unos precios ajustados para las nuestras clientes.